EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/08/2026 · Exp. 000964-2025
1. La prescripción es una garantía para el ciudadano, que limita la potestad punitiva del Estado; esto es, extingue la posibilidad de investigar y procesar por un presunto hecho delictivo y, con él, la responsabilidad del supuesto autor o autores del mismo.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/07/2026 · Exp. 000378-2026
La defensa de la empresa Tamshi S. A. C. interpuso recurso de nulidad contra el auto de vista que confirmó la resolución que aprobó las costas y costos del proceso. Al tratarse de una resolución emitida en etapa de ejecución, que no constituye un fallo ni resuelve el fondo de la controversia penal, no se encuentra comprendida entre los supuestos…
EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/06/2026 · Exp. 000372-2024
El fundamento jurídico 32 del Acuerdo Plenario n.° 3-2010/CJ-116 señala que la prueba indiciaria se aplica para determinar aquellos actos irregulares o atípicos que puedan dar lugar a una inferencia sobre la procedencia ilícita de un bien, dinero o efecto y la configuración del delito de lavado de activos. Así, la vinculación de Castro Flores con…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/05/2026 · Exp. 001036-2025
Se declara la extinción de la acción penal por prescripción extraordinaria a favor de Aliaga Huarcaya por el delito de afiliación a organización terrorista, al haberse superado el plazo de treinta años computado desde el 22 de septiembre de 1992, fecha del último hecho imputado. Se precisa que dicho delito no tiene naturaleza permanente en sentido estricto, al ser posible…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/03/2026 · Exp. 000844-2025
No expresó razones suficientes que sustenten su recurso de nulidad, alegó suspensión de la acción penal por contumacia, no obstante, la situación procesal de reo contumaz debe ser declarada de manera expresa mediante una resolución judicial, lo que no sucedió, y por tanto, la acción penal prescribió
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/03/2026 · Exp. 000014-2023
En este caso, se incurrió en la causal deinadmisibilidad regida por el principio del doble conforme, prescrito en el artículo 428.1.d del CPP, concordante con el artículo 386.2.b y la Primera Disposición Complementaria y Final del Código. Procesal Civil, de aplicación supletoria.
EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/12/2025 · Exp. 000423-2025
1. La excepción es una defensa de naturaleza procesal que el Código Procesal Penal las enumera bajo el sistema de numerus clausus. Salvo la excepción de naturaleza de juicio que su estimación trae como efecto la adecuación al trámite debido, en las demás excepciones -entre ellas la de improcedencia de acción- la causa se sobresee definitivamente, lo que equivale a…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/09/2025 · Exp. 000093-2024
Se advierte que el Colegiado superior no analizó en forma integral los hechos objeto de imputación y los elementos de convicción que lo sustentan, ampliamentedesarrollados en el auto apertorio de instrucción, respecto de cada uno de los procesados, así como de las empresas Coast Mechanical Sales del Perú, Herco. Combustible SA y Corporación Andina de. Combustible SAC en su calidad de terceros…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/09/2025 · Exp. 000744-2025
Al haberse declarado la extinción de la acción penal, debe entenderse que la acción civil también ha corrido la misma suerte, porque según los parámetros del Código de Procedimientos Penales,la acción civil se encuentra en una relación de accesoriedad estricta con respecto a la acción penal, la cual en el presente caso ya prescribió.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/08/2025 · Exp. 000963-2023
Se ha producido la causal de extinción de la acción penal prevista en el artículo 78, inciso 1, del Código Penal, por muerte del imputado; en consecuencia, se tendrá por fenecido el presente proceso penal y se dispondrá el archivamiento definitivo de la causa.