EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000871-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Segunda Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 30 de marzo de 2017
- Expediente
- 000871-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
La señora Fiscal Adjunta Superior no discrepó de la desvinculación procesal declarada en la sentencia, sino directamente la determinación de la pena. La recurrente debe limitarse al motivo que generó su recurso de nulidad al inicio y no incorporar reclamos que no forman parte de la determinación de la pena. Proceder en sentido contrario, sería vulnerar el principio de congruencia recursal que es garantía de las partes en contienda y que forma parte del contenido del debido proceso.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Segunda Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000871-2015, resolución del 30 de marzo de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=e936394c-8a2d-458d-827b-45312e6d0d8a.