EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000925-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 21 de mayo de 2019
- Expediente
- 000925-2018
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
DEL PRINCIPIO DE JUEZ NATURAL El presente caso se originó con las indagaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, sede Tingo María, pero al concluirse la investigación se determinó la existencia de una organización criminal dedicada al tráfico ilícito de drogas, lo que motivó que el caso sea remitido a la Sala Penal Nacional. Dicho órgano jurisdiccional tiene la competencia específica para conocer procesos penales de esta naturaleza, como lo expresa en la Resolución Administrativa número 136-2012-CE-PJ, del nueve de julio de dos mil doce. En consecuencia, no existe vulneración alguna al derecho de juez natural. ORGANIZACIÓN CRIMINAL DEDICADA AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Esta Sala Suprema evidencia que por el número de personas involucradas, la cantidad de droga decomisada, los instrumentos hallados y la lógica del transporte, se trata de una actividad desarrollada no solo por varias personas en codelincuencia sino integradas en una organización criminal. Ello exige –no puede ser de otro modo– una organización estructurada con múltiples miembros en muy distintas funciones y posiciones jerárquicas. El transporte de droga requiere una adscripción cuidada de los integrantes de la organización, un vínculo de confianza entre ellos y una cierta fidelidad con la lógica criminal en que estaban insertos. Es imposible que una cantidad tan importante de droga sea trasladada por individuos ingenuos, sin experiencia y ajenos al núcleo de la organización dedicada para tal efecto. MOTIVACIÓN DEFICIENTE Respecto a los extremos absolutorios, la Sala Superior transgredió la garantía constitucional de debida motivación de las resoluciones judiciales en su vertiente de motivación incompleta, en la medida en que no valoró razonablemente las pruebas e indicios obrantes en el proceso; por lo que es procedente anular la sentencia y es necesario emitir una nueva sentencia.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad N.º 000925-2018, resolución del 21 de mayo de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d2ca084f-e9a7-4ad4-8a71-04484896355b.