EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001932-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 22 de mayo de 2026
- Expediente
- 001932-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
El tipo penal sanciona incluso la tenencia breve, si esta cumple con los elementos del tipo (disponibilidad, idoneidad de arma y falta de autorización). Pero la posesión del arma no debe suceder de manera esporádica y circunstancial, la tenencia fugaz y momentánea es atípica, pues carece del elemento de disponibilidad o voluntad de control permanente que exige el tipo penal. Esta está justificada cuando el contacto es de mera detentación o examen rápido, se manipula brevemente para una reparación, para evitar un peligro mayor o durante su simple transmisión a terceros. Si la manipulación momentánea incluye controlar el arma de manera consciente y ejecutar acciones de ocultamiento, sí se configura el delito
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Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001932-2022, resolución del 22 de mayo de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b8c6762f-a1f2-4d44-8e3f-00040918f52b.