EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000518-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 24 de julio de 2025
- Expediente
- 000518-2025
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
1. La conformidad procesal se materializa a través de un acto unilateral del imputado y quees avalado por su defensa. Consiste en admitir y reconocer los hechos que son imputados en la acusación fiscal y aceptar las consecuenciasjurídicas penales y civiles. De esa manera el procesado renuncia a la actuación de pruebas.En el Acuerdo Plenario 5-2008/CJ-116 se dispuso que, ante la concurrencia de dicha regla de bonificación procesal, la pena concreta parcial debe reducirse hasta en un séptimo (1/7).2. El interés superior del niño no genera una reducción de la pena por el solo hecho de que un procesado sea progenitor de menores deedad, sino que, además, también deben de concurrir otros elementos de mayor fortaleza como ser el único sustento económico. Es decir,que no exista otro integrante familiar o persona que pueda sustituirlo. Además, dicha regla de reducción por bonificación procesal supralegalfue suspendida en el Acuerdo Plenario 1-2023.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000518-2025, resolución del 24 de julio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=b440d76a-2b07-4f9a-aefe-cd029237f352.