EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000880-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 7 de noviembre de 2018
- Expediente
- 000880-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Sumilla. Frente a las alegaciones propuestas por la recurrente, se advierte que ninguna de ellas alude directamente a las causales previstas en el artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal. Es de apreciar que en la sentencia de primera y segunda instancia se deja expresa constancia de que la acusada reconoce los cargos imputados; empero, luego de haber conferenciado con su abogado defensor, se acogió a los alcances de la conclusión anticipada por el delito de hurto agravado y no por el delito de robo agravado; puesto que el delito de hurto agravado no fue materia de imputación. En ese contexto, es correcta la afirmación del juzgador de que no es posible la reducción del beneficio premial. En consecuencia, no existe apartamiento del Acuerdo Plenario número cero cinco-dos mil ocho/CJ-ciento dieciséis, al no existir acogimiento a la conclusión anticipada.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000880-2018, resolución del 7 de noviembre de 2018. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3d208c4a-4a88-4ca7-9641-66102a9a81a2.