EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000004-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 1 de octubre de 2024
- Expediente
- 000004-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Valoración de la prueba personal documentada. Casación acusatoria fundada1.La jurisprudencia suprema establece que la prueba personal documentada en audio y video (prueba personal asincrónica) no se diferencia sustancialmente de la declaración que se lleva a cabo directamente ante el juez de juzgamiento (prueba personal sincrónica). Por ello, en el caso de la prueba personal documentada en audio y video, el Tribunal ad quem está sujeto a lo previsto en el numeral 2 del artículo 425 del Código Procesal Penal: no puede otorgar diferente valor probatorio a la prueba personal que fue objeto de inmediación por el juez de primera instancia.2.Ahora bien, el límite de valoración que rige para el Tribunal de Apelación ha sido modulado jurisprudencialmente. Tal límite no opera en el caso de las denominadas zonas abiertas del testimonio, que se configuran (i) cuando el testigo no dijo lo que dice el fallo; (ii) cuando el relato del testigo es oscuro, impreciso, dubitativo, ininteligible, in
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000004-2022, resolución del 1 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=f8fd62bf-39d6-4cb0-ba74-73e0697311fe.