EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002485-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 30 de enero de 2026
- Expediente
- 002485-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
I. Si se parte de la premisa primordial de que la casación debe ser extraordinaria, uniformadora y predecible, entonces, el recurso de casación ordinario o excepcional solo será admisible si el thema casationis es discrepante o discordante entre sí -ad intra processum-, es decir, solo cuando existen dos sentencias discrepantes: una sentencia o auto de vista que revoca en todo o en parte la decisión de primera instancia; o bien, respecto a la doctrina judicial vinculante emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República, cuando las sentencias emitidas aniquilan algún criterio jurisdiccional supremo vinculante.? En el primer caso, solo si la sentencia o el auto de vista sobre el cual se recurre en casación es la revocatoria total o parcial de la resolución de primera instancia, pero no cuando la decisión es uniforme, pues la sentencia de vista ha confirmado íntegram
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002485-2023, resolución del 30 de enero de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=d3ca9d76-5014-429e-a350-18cc44adcc6d.