EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003744-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de octubre de 2025
- Expediente
- 003744-2024
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Todo revela una tenencia compartida -respecto de la que existe línea jurisprudencial homogénea de este Tribunal Supremo- y una lógica delictiva manifiesta. No es posible dividir el conjunto de bienes delictivos incautados, sino atribuirlos al conjunto de los capturados por la Policía, residentes ocasionales en el predio alquilado. La prueba de cargo, según lo expuesto, es consistente. Como ya se ha precisado, no corresponde al Tribunal Supremo realizar una valoración autónoma del material probatorio disponible, solo establecer desde la quaestio facti si se utilizó prueba ilícita y si las inferencias probatorias no vulneraron las reglas de la sana crítica, así como si la motivación presenta algún defecto constitucionalmente relevante. La motivación de la sentencia ha sido clara, precisa, completa, suficiente y racional. No consta que se utilizó prueba ilícita. La Policía actuó en el marco de sus funciones y cumplió con incursionar en el predio e incautar los bienes delictivos. El recurs
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Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003744-2024, resolución del 16 de octubre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=c4a18bc4-60c7-4c02-a4a8-f4e7a5da86d4.