EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001500-2017
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 15 de mayo de 2019
- Expediente
- 001500-2017
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
1. El delito de peculado por apropiación requiere: (i) que el sujeto activo sea un funcionario o servidor público -no cabe duda de tal condición en el presente caso respecto de gerentes municipales en actividad-; (ii) que la conducta del agente público importe una apropiación -disponga de los bienes públicos como si fueran parte de su patrimonio o, mejor dicho, aparte los bienes públicos del ámbito de custodia de la Administración Pública-; y, (iii) que el agente público tenga la disponibilidad del bien dentro de la órbita funcional -que es lo que se denomina disponibilidad o custodia jurídica-, a título de percepción, administración o custodia. 2. El delito de peculado es uno de infracción de deber (más específicamente, un delito especial de deber). Se construye sobre la base de deberes que se imponen a determinadas personas que, por su vinculación institucional con ciertos bienes jurídicos, tienen una obligación específica de mantener una situación social determinada. 3. A los efecto
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001500-2017, resolución del 15 de mayo de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=c159877c-46bf-4266-947e-02bda67405e3.