EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000983-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 13 de marzo de 2024
- Expediente
- 000983-2023
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que como los ilícitos sexuales en general se caracterizan por ser &ueden esperar la " o producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores no se pueden esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales. Por ello, es habitual y admisible como única prueba de cargo legítima la declaración de la víctima . Esta posición también fue asumida por el Tribunal Constitucional . Y con relación a ello, los jueces supremos en el Acuerdo Plenario N.° 2-2005/CJ-116 han fijado que la sindicación de la víctima tiene la aptitud para enervar la presunción de inocencia, cuando cumpla con los garantías de certeza de i) Ausencia de incredibilidad subjetiva, ii) Verosimilitud y iii) Persistencia en la incriminación, que se cumplen en el presente caso.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000983-2023, resolución del 13 de marzo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=bf3602e6-23ba-4085-8a0e-e1eae882081f.