EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000111-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 21 de noviembre de 2022
- Expediente
- 000111-2022
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Apelación bien concedida. El artículo 405, numeral 3, del Código Procesal Penal autoriza a los órganos jurisdiccionales ad quem a controlar la admisibilidad de los recursos impugnatorios.El recurso de apelación (foja 29) cumplió con lo preceptuado en los artículos 404, 405 y 414 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad para recurrir a las formalidades y al plazo respectivo.El objeto impugnable (es decir, la sentencia condenatoria emitida) está comprendida en el artículo 416, numeral 1, literal a, del Código Procesal Penal; se tiene como propósito dilucidar la presunta afectación a la libertad personal, al principio de legalidad procesal, al debido proceso y al derecho de defensa.Por lo tanto, la impugnación se declara bien concedida.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000111-2022, resolución del 21 de noviembre de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=af87a3c6-1971-427f-9bcc-3a10c984ffdc.