EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002988-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de octubre de 2024
- Expediente
- 002988-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. En el delito de lavado de activos el objeto de las conductas de lavado o blanqueo son los activos maculados, es decir, los valores patrimoniales que corresponden a las &rele"ante que exista prueba suficiente que acredite que el activo cuestionado proviene de un delito. 2. El tipo subjetivo del delito de lavado de activos exige, primero, d&, segundo, el elemento trascendente de "delictivo debe conocer -conocimiento incluso por dolo eventual- el o" (delito de intención). El agente delictivo debe conocer -conocimiento incluso por dolo eventual- el o"" (delito de intención). El agente delictivo debe conocer -conocimiento incluso por dolo eventual- el origen ilícito de los activos maculados -no es necesario que con&" (delito de intención).
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002988-2023, resolución del 16 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ae46e714-0b45-4d60-beb1-464b3cd1eed6.