EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 003251-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 25 de abril de 2025
- Expediente
- 003251-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
a.El hecho de que la declaración de la víctima en cámara Gesell no se haya recabado como prueba anticipada no implica que dicha declaración no sea tomada en cuenta por el juzgador o que esta sea nula. El Código Procesal Penal, en su artículo 171, inciso 3, reconoce como especialidad probatoria la testimonial de menores víctimas de hechos que los afectaron psicológicamente a que se reciban en privado y, si no se actúan bajo las reglas de la prueba anticipada, se adoptará las medidas necesarias para garantizar la integridad emocional del testigo y dispondrá la intervención de un perito psicólogo, con la asistencia de un familiar del testigo.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 003251-2022, resolución del 25 de abril de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=ab4168f5-102d-49ea-8057-c1093ca53b34.