EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000319-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 24 de junio de 2025
- Expediente
- 000319-2024
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Sumilla
En los procesos de colaboración eficaz, además del fiscal y del colaborador, solo se notifica al agraviado en la fase final (artículo 473-A del CPP). Por lo tanto, no son de recibo las alegaciones de la recurrente respecto a que las declaraciones y demás documentos obtenidos en la carpeta de colaboración eficaz no son válidos, porque no se trata de un proceso derivado de la carpeta fiscal en la cual se le investiga y porque no se le notificó de este, pese a que el aspirante a colaborador eficaz y los demás testigos protegidos fueron interrogados respecto a ella.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000319-2024, resolución del 24 de junio de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=aabe0c48-057b-40c4-9950-6489cac47f96.