EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000139-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 26 de setiembre de 2023
- Expediente
- 000139-2023
- Tipo de recurso
- Apelación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Apelación bien concedidaI.El artículo 405, numeral 3, del Código Procesal Penal autoriza a los órganos jurisdiccionales ad quem a controlar la admisibilidad de los recursos impugnatorios.II.En el caso, el recurso de apelación del treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés cumple con lo preceptuado en los artículos 404, 405 y 414 del Código Procesal Penal, respecto a la facultad para recurrir, a las formalidades y al plazo correspondiente.III.El objeto impugnable -es decir, la sentencia respectiva de primera instancia) está comprendido en el artículo 416, numeral 1, literal a, del Código Procesal Penal; se tiene como propósito dilucidar la presunta transgresión de principios y garantías jurisdiccionales.Por lo tanto, la impugnación se declara bien concedida.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Apelación N.º 000139-2023, resolución del 26 de setiembre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=9fcf6813-d115-4aa4-afc9-a0913a1941f1.