EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002680-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 1 de setiembre de 2022
- Expediente
- 002680-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1. Un elemento de las medidas de coerción es su provisionalidad, y una de sus características es que, durante la pendencia del proceso declarativo de condena, pueden finalizar o transformarse en distintas medidas, si se modifican el presupuesto y/o los requisitos que justificaron su adopción, lo que es concreción de la regla rebus sic stantibus [artículo 255, apartado 2, del CPP]. Por tanto, con independencia de cuál es la medida impuesta y si se ejecutó o no, lo trascendental es examinar si se presentan nuevas circunstancias tras el dictado de la medida de coerción que determinan un cambio en la situación jurídica anteriormente apreciada desde el presupuesto o desde los requisitos. 2. En la actualidad si bien sigue la declaratoria de emergencia nacional hasta el veintiocho de agosto de dos mil veintidós, conforme al Decreto Supremo 003-2022-SA,.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002680-2021, resolución del 1 de setiembre de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=85a73030-cd3e-42d0-b567-2b045be3e829.