EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002871-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 22 de agosto de 2024
- Expediente
- 002871-2021
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Las habilitaciones para la revaloración de la prueba personal son denominadas como &itada a la evidencia directa e irrefu"; empero, dicha permisibilidad está supeditada a la evidencia directa e irrefutable de yerros en la valoración racional del contenido de la prueba, los cuales, por su ilogicidad, incoherencia o falta de claridad, configuren supuestos de contravención a las reglas de la lógica, la experiencia, los conocimientos científicos o la sana crítica.La modificación del sentido, connotación y valor probatorio de lo relatado por el testigo protegido y la madre del occiso, al ser inadecuada e irregular, habría permitido generar nuevas cuestiones probatorias sobre supuestos no invocados por el apelante Barrantes Alcántara, esto es, respecto a si las amenazas contra el testigo protegido ocurrieron de forma personal o vía telefónica, o si el arma de fuego ya estaba en poder de Saldaña Vásquez antes del homicidio.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002871-2021, resolución del 22 de agosto de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=84f7f0fc-c663-4383-8726-254315473ccc.