EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001664-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 16 de noviembre de 2020
- Expediente
- 001664-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Sentencia fundada. El beneficio concedido no fue convenido entre las partes y se otorgó fuera de los presupuestos materiales que fija el artículo 57 del Código Penal. El colaborador fue condenado mediante sentencia conformada del trece de noviembre de dos mil quince a doce años y diez meses de pena privativa de la libertad, que vencería el veintiocho de febrero de dos mil veintiséis, pero se suspendió la ejecución de la pena que le faltaba cumplir y se redujo al término de cuatro años, bajo imposición de reglas de conducta. No obstante, según los alcances del citado artículo del Código Penal, la pena solo podrá ser suspendida cuando no sea superior a cuatro años y el plazo de suspensión es de uno a tres años. La Sala Superior, incluso, impuso una sanción no acorde con las normas sustantivas. En suma, no solo inobservó el artículo 34.2 del Decreto Supremo número 007-2017-JUS, también inaplicó el artículo 57 del Código Penal.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001664-2018, resolución del 16 de noviembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=729246bd-e6dd-43fa-b47d-beced61ff23d.