EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001335-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 15 de febrero de 2019
- Expediente
- 001335-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
En el presente caso, no puede confundirse la interpretación de los alcances dogmáticos de los delitos de cohecho pasivo propio y de cohecho activo genérico con la aplicación o subsunción de los hechos declarados probados con las exigencias objetivas del tipo penal previamente definidas. No se advierte nada significativo en el desarrollo jurisprudencial impetrado. De otro lado, las reglas de prueba y de juicio de la garantía de presunción de inocencia, asimismo, ya han sido puntualizadas, al igual que su concordancia con la garantía de motivación. El pedido de los imputados no señala aspectos relevantes que desarrollar. La colaboración eficaz, como proceso especial, y sus diferencias con la confesión, la co-sindicación, no es de recibo. No cabe, a partir del planteamiento excepcional instado, un pronunciamiento casatorio excepcional. Por consiguiente, en el sub-lite, no es del caso, por falta de mérito y necesidad de desarrollo jurisprudencial, asumir competencia casacional excepcional.
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Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001335-2018, resolución del 15 de febrero de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=720363c9-f741-4331-b125-603a54d281ea.