EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 003364-2015
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Segunda Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 6 de marzo de 2017
- Expediente
- 003364-2015
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
La agravante que prevé el numeral 6 del artículo 297 del Código Penal, es cuando el hecho es cometido por tres o más personas. Se siguió el proceso contra dos acusados por esta calificación, uno de los cuales es el recurrente. La calificación agravada admite tres agentes como mínimo, para el caso solo hay dos. La agravante no se configura, por lo que para no vulnerar el principio de igualdad debe reconducirse el delito materia de condena prevista en el numeral 6 del artículo 297 del Código Penal al establecido en el primer párrafo del artículo 296 del mismo cuerpo legal.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Segunda Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 003364-2015, resolución del 6 de marzo de 2017. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=7166b0b0-40c6-4b59-9490-438d2870459b.