EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000725-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 31 de julio de 2019
- Expediente
- 000725-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Omisión impropia en el delito de violación sexual de menor de edadI.En los delitos de resultado, el hecho típico es atribuible penalmente tanto a quien despliega activamente su conducta dirigida a la producción del resultado dañoso como a quien detenta la obligación de defender un bien jurídico tutelado frente a los ataques que puedan suscitarse y, a pesar de ello, se desentiende absolutamente de su protección, presta su asentimiento o aprobación y deja actuar al agresor. Esto permite deducir razonablemente que, en los delitos sexuales, el no impedir la violación a otro respecto del cual se tienen deberes jurídicos o legales de protección o, incluso, no neutralizar las circunstancias previas o concomitantes que dan lugar a su perpetración, equivale a la causación de la propia violación. II.La inacción de la sentenciada ERNESTINA JUANA PORRAS CARHUAMACA, quien estaba obligada a defender un bien jurídico tan relevante como la indemnidad sexual de su hija de iniciales A. V. A. P., e
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 000725-2018, resolución del 31 de julio de 2019. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=6faee3de-f0e9-4407-b602-73b13a108135.