EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000069-2020
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 27 de enero de 2022
- Expediente
- 000069-2020
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
EXTEMPORÁNEO LA FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO DE NULIDAD (i) La defensa técnica del recurrente al fundamentar su recurso de nulidad lo efectuó fuera de plazo de los diez días que exige el dispositivo procesal previsto en el artículo 300, numeral 5, del Código de Procedimientos Penales. Incumplió con la máxima prevista en la Sentencia Plenaria N.° 1-2013/301-A02-ACPP, del seis de agosto de dos mil trece, que establece: &el Recurso de Nulidad N.° 302-2012-Huancavelica, que establece como precedente vinculante desde el cuarto hasta el noveno fundamento jurídico.". (ii) No existe norma procesal alguna que fije la existencia del deber jurídico de conceder plazo para fundamentar. Es una potestad del recurrente fundamentar su recurso de nulidad, que surge desde el momento de la interposición del mismo. Es la pauta a seguir, conforme el Recurso de Nulidad N.° 302-2012-Huancavelica, que establece como precedente vinculante desde el cuarto hasta el noveno fundamento jurídico.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000069-2020, resolución del 27 de enero de 2022. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=68ec2e61-681d-46fb-9d61-878043ff99f7.