EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001325-2025
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 7 de noviembre de 2025
- Expediente
- 001325-2025
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Del análisis realizado, este supremo Tribunal concluye que la sentencia de vista se encuentra acorde a derecho y cumplió con señalar y responder las aristas expuestas por el recurrente. Dado que cumple con los preceptos establecidos en los artículos IV, VII y VIII del Título Preliminar del Código Penal, con relación a los principios de lesividad, responsabilidad penal y proporcionalidad de las sanciones, la sentencia de vista no es pasible de casación. Por tanto, la recurrida se halla debidamente motivada y respondió a las controversias planteadas en el escrito de apelación, razón por la cual los argumentos esbozados por el recurrente no son de atendibles y su recurso debe ser rechazado.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001325-2025, resolución del 7 de noviembre de 2025. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=619a4ea2-62cb-4782-addc-e41bec638b95.