EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002870-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 22 de julio de 2026
- Expediente
- 002870-2022
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Delitos
Temas
Sumilla
Los agravios expuestos por el recurrente no se encuentran acreditados y no se enervó la responsabilidad del sentenciado respecto a los hechos suscitados; por lo tanto, la motivación de la sentencia condenatoria y la sentencia de vista cumplen con los parámetros establecidos, pues existe suficiencia probatoria para acreditar la comisión del ilícito por parte del recurrente, desvirtuar la presunción de inocencia y fundamentar su condena; asimismo, los agravios expuestos no son de recibo, y las sentencias de mérito están arregladas a derecho. En consecuencia, no corresponde casar la sentencia de vista.
Documento oficial
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002870-2022, resolución del 22 de julio de 2026. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=3bb5d0c3-41e3-4444-9bc1-90e0f5b26d92.