EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000210-2024
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 29 de octubre de 2024
- Expediente
- 000210-2024
- Tipo de recurso
- Extradición Activa
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Procedente la solitud de extradición activa. En materia de extradición, entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela no existe tratado bilateral de extradición; no obstante, el veinte de febrero de mil novecientos veintiocho, ambos países y otros, suscribieron la Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante) que regula lo concerniente a la extradición, la cual fue ratificada por ambos países. En observancia de dicha convención, la solicitud de extradición se ciñe a sus pactos y es acorde con la legislación interna del Estado requirente; esto es, el delito es de naturaleza común y no política, el hecho punible se perpetró en territorio peruano y el requerido es nacional peruano, la acción penal no está prescrita y la legislación procesal aplicable es la común, pues su requerimiento tiene como finalidad el juzgamiento del requerido.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Extradición Activa N.º 000210-2024, resolución del 29 de octubre de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2ae93642-0d04-4734-aa5b-3d2cd0bde2af.