EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002795-2023
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 18 de marzo de 2024
- Expediente
- 002795-2023
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
El bien jurídico protegido en los delitos de agresiones contra los integrantes del grupo familiar es la integridad física y psíquica, la salud y el derecho a una vida sin violencia; por lo demás, en el tipo penal, recogido en el artículo 122-B del Código Penal, se alude como objeto de protección a toda clase de agresiones de menor entidad o levísimas, cometidas entre integrantes del grupo familiar -violencia doméstica-. No debe olvidarse que interpretar la ley importa determinar su significado; en ese entendido, esta debe ser sistemática y teleológica. La primera considera la aplicación del principio de no contradicción propio de la ley, a saber, las normas tienen que armonizar para que el sistema funcione, mas no pueden contradecirse. La segunda se enfoca en dar significado a la norma a partir de la finalidad de su creación.
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 002795-2023, resolución del 18 de marzo de 2024. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2a7f2922-40e3-42bd-8a4e-02e53fcd609f.