EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001803-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 23 de setiembre de 2020
- Expediente
- 001803-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Sumilla. 1. La responsabilidad civil en sede penal no deriva propiamente de la comisión de una infracción penal -su fundamento no es el delito, sino el daño ocasionado-; resulta de la comisión por el autor principal de una conducta o comportamiento ilícito que generó un daño indemnizable o resarcible a una concreta persona, con independencia de cualquier relación jurídica precedente entre las partes. Esta responsabilidad es siempre fuente de obligaciones -causas por las que una persona queda sujeta al deber jurídico de realizar en favor de otra una determinada prestación- y si bien pueden ser hechos ilícitos penales o ilícitos puros, en cualesquier caso, sea la fuente penal o civil &", el deber de indemnización o resarcimiento es ineludible. 2. Lo que el Código Procesal Penal sancionó, siguiendo la concepción histórica del legislador nacional, fue la posibilidad de una acumulación heterogénea de las acciones penal y civil en el proceso penal (artículos 11, apartado 1, y 12, apart
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001803-2018, resolución del 23 de setiembre de 2020. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=2655aeb7-cc6f-4363-be5b-cb1ec1419f88.