EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001528-2018
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Permanente
- Fecha de resolución
- 23 de febrero de 2021
- Expediente
- 001528-2018
- Tipo de recurso
- Casación
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Diferencias y semejanzas entre el concurso real homogéneo y el delito continuadoa. En el concurso real homogéneo las acciones configuran delitos de una misma especie, pero independientes, y con una finalidad para cada ilícito. En el delito continuado, las acciones se encuentran vinculadas y responden a un mismo fin, debido a que forman parte de una misma resolución criminal. La valoración de los actos configuradores de un mismo tipo penal es independiente en el concurso real homogéneo; sin embargo, para el delito continuado, la valoración de todas las acciones es global, integrable en una acción compleja o continuada, lo que representa el aprovechamiento de una misma oportunidad, de modo que esas acciones configuren un único delito.b. En cuanto a los bienes jurídicos afectados, el concurso real homogéneo puede afectar bienes jurídicos personalísimos, como la vida; sin embargo, el delito continuado no puede configurarse con base en la afectación de este tipo de bien jurídico. En el
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Permanente, Casación N.º 001528-2018, resolución del 23 de febrero de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=098fba42-a17d-4093-a765-3d79c2907c59.