EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000202-2021
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 5 de octubre de 2021
- Expediente
- 000202-2021
- Tipo de recurso
- Revisión de Sentencia
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
Revisión de sentencia improcedente. Sumilla. Si bien el accionante cumplió con el presupuesto subjetivo de la acción planteada (ostenta la condición de condenado); y cumplió con puntualizar causal específica en la que ampara su pretensión, conforme lo exige el contenido previsto en el artículo 441, numeral 1, literal b, del Código Procesal Penal. Siendo que de la lectura de sus fundamentos, estas se sustentan, en estricto, a cuestionar el juicio de responsabilidad penal y de tipicidad que realizaron oportunamente los órganos jurisdiccionales. Los presupuestos de procedencia de la revisión de sentencia están regidos por un sistema numerus clausus, por ende, no dan lugar a una nueva instancia de impugnación de las sentencias emitidas en los procesos declarativos de fondo. La pretensión planteada por el accionante excede el ámbito de pronunciamiento de esta Sala Penal Suprema. En consecuencia, la demanda evaluada será declarada improcedente, en virtud al artículo 443, numeral 1, del
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Revisión de Sentencia N.º 000202-2021, resolución del 5 de octubre de 2021. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=022917b8-f863-4914-879d-8023d4c2cff0.