EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 000988-2022
- Tribunal
- Corte Suprema
- Sala
- Sala Penal Transitoria
- Fecha de resolución
- 18 de octubre de 2023
- Expediente
- 000988-2022
- Tipo de recurso
- Recurso de Nulidad
- Tipo de resolución
- Ejecutoria Suprema
Sumilla
1.El testigo de oídas es aquel que declara no sobre la base de lo que percibió directamente, sino sobre lo que escuchó decir a un tercero sobre los hechos; esto es, se trata de aquel que llegó a conocer el factum (de relevancia jurídica) por el relato de un testigo directo. 2.De allí que, para que su versión tenga relevancia probatoria, resulta necesario que esté corroborado periféricamente con otros medios probatorios y, en su caso, con la versión propia de su fuente de información (testigo presencial). Entonces, ese testimonio asume un papel subsidiario frente a la que brinda el testigo directo; lo que quiere decir -como consecuencia lógica- que tendrá validez siempre que, en el proceso penal, el testigo directo confirme lo afirmado por el de referencia o existan datos objetivos corroborantes, de acuerdo con el sentido teleológico de lo previsto en el inciso 2 del artículo 158 del Código Procesal Penal.3. Autor mediato es quien, dominando la voluntad de otra persona -y con ello
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Cómo citar
Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Transitoria, Recurso de Nulidad N.º 000988-2022, resolución del 18 de octubre de 2023. Fuente: Poder Judicial del Perú, Jurisprudencia Nacional Sistematizada. Disponible en: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=00b4e257-9d44-45f9-b6d8-84ecc9ecd345.